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Así será la reapertura de restaurantes en Colombia

junio 14, 2020 2 minutos de lectura

Así será la reapertura de restaurantes en Colombia

junio 14, 2020 2 minutos de lectura

El Gobierno anunció un paquete de medidas que dan luz verde para la reapertura gradual de aeropuertos locales, iglesias y establecimientos gastronómicos, bajo condiciones.

Por medio del Decreto 847, firmado este 14 de junio de 2020, se indicó cómo será la reapertura gradual del sector gastronómico, comenzando por los municipios que no presenten casos de infectados.

Señala la nueva normativa que, en coordinación con el Ministerio, los alcaldes de los municipios libres de casos de Covid 19 podrán establecer planes piloto para que los restaurantes puedan brindar nuevamente atención al público en el sitio.

Para esta reapertura gradual  los establecimientos deberán solicitar el permiso a la respectiva alcaldía, en coordinación con el Ministerio del Interior, y seguir los protocolos de bioseguridad autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social, para dicha actividad.

Esta decisión ha considerado el impacto económico del sector gastronómico, que se proyecta desde la Oficina de Estudios Económicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el documento «Proyecciones e impacto en Colombia del COVID-19».

Allí, se  estima que los efectos de la crisis del COVID-19 generarán una contracción en promedio del 37% en el año en restaurantes con caídas mayores al 60%, entre los meses de junio y octubre.

Otras disposiciones

El decreto, adicionalmente, se refiere al uso de los aeropuertos locales, estableciendo, en el artículo 3, que los municipios y distritos en cuya jurisdicción territorial se encuentren localizados aeródromos o aeropuertos, podrán solicitar su reapertura a manera de planes piloto.

Para el caso de uso de piscinas y polideportivos, también se crearon excepciones. Solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento.

El Gobierno ha justificado estas medidas, «para darles a los colombianos una garantía de abastecimiento y disposición de alimentos de primera necesidad y servicios»

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Las actividades se autorizan, siempre y cuando cumplan con las medidas de seguridad, y no deben continuar interrumpidas so pena de afectar el derecho a la vida, a la salud, y la supervivencia de los habitantes.

Actualmente, Colombia registra 49.000 contagios de coronavirus y 1.592 personas que han perdido la vida a causa del virus.

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